Bonos para Cesantes 2023: Descubre tus Beneficios Consultando con tu RUT hoy, 4 de diciembre

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En medio de un contexto económico desafiante, la atención se centra en los Bonos para Cesantes 2023, una medida destinada a ofrecer respaldo a aquellos afectados por la cesantía. En este informe, exploraremos detalladamente los beneficios disponibles, proporcionando una guía esencial para aquellos que buscan obtener información clave. La consulta con el Rol Único Tributario (RUT) se presenta como el primer paso crucial para acceder a estos beneficios, y hoy, 4 de diciembre, se revelan las oportunidades disponibles.

Consulta tu RUT hoy, 4 de diciembre, y desentraña los beneficios: Una guía completa sobre los Bonos para Cesantes 2023

Con diciembre ya en curso, las festividades de fin de año se avecinan, generando un dilema considerable para aquellos que enfrentan la incertidumbre del desempleo. No obstante, en Radio Corazón, se presenta una valiosa asistencia durante estos tiempos desafiantes.

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Nos referimos a los diversos bonos diseñados para personas en situación de cesantía, un respaldo significativo en la antesala de las próximas festividades. A continuación, se presenta toda la información esencial para aquellos que buscan beneficiarse de estas oportunidades.

Aquí puedes revisar los beneficios y bonos para cesantes en Chile

Como previamente hemos señalado, en Chile existen cuatro beneficios y bonos específicos destinados a aquellos que enfrentan la posibilidad de cesantía. Cada uno de estos programas posee requisitos particulares que deben ser satisfechos para acceder a ellos. A continuación, proporcionamos un desglose detallado de estos requisitos para brindar una comprensión completa de los beneficios disponibles.

Seguro de cesantía

En primer lugar, destaca el seguro de cesantía, un beneficio dirigido directamente a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que poseían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Este bono se orienta específicamente a aquellos que contaban con un contrato, ya que una parte de sus ingresos se destinaba a la obtención de este seguro. Si se busca acceder a este beneficio, se detallan a continuación los requisitos necesarios.

Seguro de Cesantía: Para solicitar el seguro mencionado, es esencial acreditar, a través de documentos como el finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, la situación de cesantía.

Requisitos específicos según tipo de contrato:

  • Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se requieren al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: Necesita al menos 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • El cómputo de las cotizaciones se realiza desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, en caso de ser la primera solicitud, desde su afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Retiro de Fondos: Cumpliendo con los requisitos anteriores, es posible realizar retiros mensuales según el sueldo percibido en los últimos 12 meses. Los porcentajes establecidos son: 70% el primer mes, 55% el segundo mes, 45% el tercer mes, 40% el cuarto mes, 35% el quinto mes y 30% a partir del sexto mes. La postulación en línea se puede realizar directamente a través del siguiente enlace.

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Fondo de cesantía solidario

En esta instancia, el enfoque recae en un bono destinado a aquellas personas cesantes que carecen de recursos suficientes en el seguro de cesantía o han agotado dichos fondos y aún no han conseguido empleo. Los requisitos para acceder a este beneficio son los siguientes:

Bono para Personas Cesantes:

  • Mantener el estado de cesantía al momento de realizar la postulación.
  • No disponer de los fondos necesarios en el seguro de cesantía para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes estipulados por la ley.
  • Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido, las cuales deben haberse abonado con antelación al término del contrato laboral.
  • Poseer las últimas tres cotizaciones de manera continua y con el mismo empleador.
  • Tener un contrato de trabajo que haya finalizado debido al vencimiento del plazo acordado, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, o cierre del establecimiento o servicio.
  • Mantener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que dicha plataforma ofrece.

En caso de cumplir con los requisitos, este bono se otorga durante cinco meses consecutivos en el caso de contratos indefinidos, mientras que en contratos a plazo fijo, la duración es de tres meses. La postulación a este beneficio se realiza mediante el siguiente enlace.

Subsidio de cesantía

En lo que respecta a este subsidio, este se concede a aquellos individuos que no cumplen con los requisitos establecidos para acceder al seguro de cesantía. La entrega del subsidio de cesantía se canaliza a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y tiene una duración máxima de 360 días. A continuación, se detallan los requisitos necesarios para acceder a este beneficio.

Subsidio de Cesantía:

  • Haber acumulado al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional sujeto al sistema, en los dos años previos a la fecha de cesantía.
  • Estar registrados en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente al lugar de residencia.
  • Figurar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por razones ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber suscrito el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022. En el caso de contratos firmados después de esa fecha, los trabajadores cesantes pueden optar por acogerse al régimen del seguro de cesantía administrado por la AFC.

Indemnización por término de contrato

El cuarto beneficio destinado a personas cesantes es la indemnización por término de contrato, que sirve como sustituto o complemento de la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.

Un detalle importante a considerar es que este acuerdo puede alcanzarse con el empleador después del séptimo año de relación laboral, permitiendo así reemplazar la indemnización legal por una indemnización a todo evento. Esto implica que, en caso de cesantía, el beneficiario puede recibir el pago correspondiente sin inconvenientes.

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Redacción por Gossipchile/Fuente: www.corazon.cl

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